Abogadas de Consumo y Reclamaciones Bancarias en Galicia

Plantamos cara a bancos, aerolíneas, eléctricas y grandes empresas que se han quedado con tu dinero. Recuperamos lo cobrado de forma abusiva, anulamos tus deudas injustas y defendemos tus derechos como consumidor con el peso de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Estudio de viabilidad · Confidencialidad absoluta · Respuesta en 24h hábiles

Te entendemos

No dejes que las grandes empresas se queden con lo que es tuyo

Enfrentarse a un banco, una compañía telefónica o una aerolínea suele ser una experiencia frustrante. Te derivan a centralitas automáticas, ignoran tus correos y utilizan un lenguaje legal complejo para que desistas de tu reclamación. Es la táctica del agotamiento.

En Díaz Fornas Abogados equilibramos la balanza. Conocemos perfectamente las trampas de la letra pequeña, las sentencias del Tribunal Supremo aplicables y el procedimiento para forzar a la otra parte a devolverte hasta el último euro. No importa lo grande que sea la empresa: si la ley está de tu parte, lograremos que la cumpla.

Acuerdo primero

y empatía humana

Nuestra forma de trabajar

Cómo plantamos cara a bancos y financieras

Pelear contra un banco o una gran corporación requiere conocer cómo operan internamente, qué argumentos usarán y qué jurisprudencia europea o del Supremo aplicar en cada caso. Llevamos más de 25 años haciéndolo: anulando contratos, recuperando dinero cobrado de forma indebida y consiguiendo indemnizaciones contra entidades que pensaban que el cliente no se atrevería a litigar.

Nuestra ventaja es doble: dominamos la letra pequeña de los contratos y conocemos a los servicios de reclamaciones (Banco de España, Dirección General de Seguros, Agencia Española de Protección de Datos) tan bien como los propios bancos.

Qué hacemos por ti

Áreas que cubrimos en consumo y bancario

Desde el divorcio express por mutuo acuerdo hasta los procedimientos más complejos de custodia y patrimonio.

 

Tarjetas Revolving y Microcréditos

Anulamos contratos de tarjetas con intereses usurarios (WiZink, Cofidis, Carrefour, Vivus, Cetelem, etc.). Conseguimos que cancelen tu deuda y te devuelvan todos los intereses pagados de más desde el inicio.

Gastos Hipotecarios y Cláusulas Abusivas

Reclamamos la devolución de gastos de notaría, registro, gestoría y tasación, así como cláusulas suelo, IRPH y comisiones de apertura abusivas.

Phishing y Ciberestafas Bancarias

Si te han robado dinero mediante un SMS fraudulento o un cargo no reconocido, el banco es responsable de la brecha de seguridad (Ley de Servicios de Pago). Obligamos a tu entidad a restituir los fondos.

Ficheros de Morosos (ASNEF / Equifax / Badexcug)

Te han incluido en un fichero por una deuda dudosa o ya pagada, impidiéndote pedir financiación. Demandamos por vulneración del derecho al honor y conseguimos que te borren con indemnización (que puede superar los 3.000 €).

Reclamaciones a Aerolíneas y Compañías de Transporte

Indemnización legal de 250 € a 600 € por vuelos cancelados, retrasos de más de 3 horas, overbooking o pérdida de equipaje (Reglamento UE 261/2004).

Ley de Segunda Oportunidad

Si tienes deudas que ya no puedes pagar, este procedimiento te permite cancelar legalmente las deudas exonerables y empezar de cero. Estudiamos si cumples los requisitos.

¿Llevas años pagando una tarjeta y la deuda no baja? Tienes una tarjeta revolving

Las tarjetas revolving son el mayor abuso legalizado del sector financiero de los últimos años. Aplican un interés TAE que con frecuencia supera el 20 % y unas cuotas mensuales tan bajas que mes a mes solo pagas intereses, mientras la deuda principal apenas se reduce o incluso aumenta.

¿Cómo saber si tu tarjeta es revolving?

Si te suena: probablemente tienes una revolving y puedes reclamar.

Qué dice el Tribunal Supremo

La jurisprudencia es clara desde la STS 4/2020 (Caso WiZink) y posteriores: estos contratos son usurarios y, por tanto, nulos. Cuando un contrato se declara nulo, solo tienes que devolver el capital efectivamente prestado — todo lo demás (intereses, comisiones, seguros vinculados) debe restituírtelo el banco.

Qué conseguimos para ti

  • Cancelación total de la deuda pendiente (a cero).
  • Devolución de todo lo pagado por encima del capital prestado, con intereses legales.
  • Borrado de los ficheros de morosos si fuiste incluido.
Plazos legales

Cuándo prescribe tu derecho a reclamar al banco o a una empresa

En este ámbito, los plazos son particulares: algunas reclamaciones no prescriben nunca y otras tienen plazos muy cortos. Estos son los más relevantes:

Imprescriptible

Cláusulas abusivas en hipoteca y revolving

Puedes reclamar aunque tu hipoteca ya esté cancelada o la tarjeta liquidada (jurisprudencia europea y STS).

1-2 meses

Reclamación previa al Banco de España

Requisito previo en muchas reclamaciones bancarias: respuesta en 1-2 meses.

13 meses

Phishing y cargos no autorizados

Desde el cargo para reclamar al banco la devolución.

5 años

Indemnización por ASNEF / Equifax

Desde que conoces la inclusión injusta.

5 años

Vuelos cancelados o retrasados (UE)

En España para reclamar al amparo del Reglamento 261/2004.

Sin plazo

Ley de Segunda Oportunidad

Pero conviene actuar antes de que las deudas crezcan o el acreedor ejecute bienes.

Casos reales

Reclamaciones bancarias y de consumo que ganamos cada año

¿Te reconoces en alguno de estos? Cualquiera tiene solución legal.

«Llevo 4 años pagando una WiZink y la deuda sigue igual»

Demanda de nulidad por usura: cancelación de deuda + devolución de lo pagado de más.

«El banco me cobró gastos de notaría, registro y gestoría al firmar la hipoteca»

Reclamación de devolución completa con intereses, incluso si la hipoteca ya está cancelada.

«Me hicieron un cargo de 3.000 € en la tarjeta tras pinchar un enlace de un SMS falso»

Demanda contra el banco por incumplimiento de la Ley de Servicios de Pago.

«Estoy en ASNEF por una deuda de 90 € que ya pagué y no me dan ningún préstamo»

Demanda por vulneración del derecho al honor + reclamación de indemnización.

«Mi vuelo se canceló 2 horas antes y la aerolínea no responde»

Reclamación bajo Reglamento UE 261/2004 (250-600 € según distancia).

«Tengo 60.000 € de deudas y no puedo pagar»

Solicitud de Ley de Segunda Oportunidad para cancelación legal de las deudas exonerables.

Por qué confiar en nosotras

Lo que nos hace fuertes frente a bancos y grandes empresas

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan en consumo y bancario

¿Puedo reclamar los gastos de mi hipoteca si ya la he terminado de pagar?

Sí. Según la jurisprudencia europea (TJUE) y del Tribunal Supremo, la acción para pedir la nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible. Puedes reclamar aunque hayas cancelado la hipoteca, vendido la casa o subrogado el préstamo a otra entidad.

Sí. Las entidades bancarias tienen la obligación legal de disponer de medidas de autenticación reforzada (Ley de Servicios de Pago). Salvo que el banco demuestre una “negligencia grave” por tu parte —algo que los tribunales interpretan de forma muy restrictiva—, están obligados a devolverte el importe sustraído por phishing, smishing o vishing.

Solo necesitamos que nos envíes el contrato de la tarjeta o el último recibo mensual. Lo analizamos para comprobar la TAE aplicada, identificar si es usuraria según la jurisprudencia vigente y orientarte sobre la viabilidad de la reclamación y la cantidad estimada a recuperar.

Depende del tiempo que hayas estado incluido, del daño económico demostrable (préstamos denegados, condiciones peores en hipotecas) y del daño moral. Las sentencias actuales se mueven entre 3.000 € y 15.000 €, y en algunos casos superan esa cifra cuando la inclusión fue manifiestamente improcedente.

Es un procedimiento que permite a particulares y autónomos cancelar legalmente las deudas que no pueden pagar (con excepciones: créditos públicos con limitaciones, pensiones de alimentos, etc.). Requiere demostrar buena fe del deudor, haber intentado un acuerdo extrajudicial previo y no haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los 10 últimos años.

Sí, en virtud del Reglamento (UE) 261/2004. La indemnización es de 250 € (vuelos hasta 1.500 km), 400 € (1.500-3.500 km) o 600 € (más de 3.500 km), salvo que la cancelación se deba a circunstancias extraordinarias acreditadas (no, una huelga del propio personal no lo es). Tienes 5 años para reclamar.