Abogadas especialistas en Herencias y Sucesiones en Galicia

Desde Noia protegemos tu patrimonio familiar y resolvemos conflictos hereditarios con la máxima garantía legal. Somos Contadoras Partidoras oficiales, expertas en agilizar y desbloquear herencias complejas desde el primer minuto.

Estudio de viabilidad · Confidencialidad absoluta · Respuesta en 24h hábiles

Te entendemos

Gestionar una herencia no debería dividir a tu familia

En Díaz Fornas Abogados sabemos que enfrentarse a la gestión de una herencia llega en el momento emocional más difícil. A la pérdida de un ser querido se suman trámites burocráticos complejos, impuestos con plazos estrictos (como el de Sucesiones) y, en muchas ocasiones, desacuerdos entre los herederos que paralizan por completo el reparto.

Si hay bloqueos por falta de acuerdo, si desconoces qué impuestos debes liquidar o si simplemente quieres dejar tu propio testamento redactado para evitar problemas futuros a tus hijos, necesitas un asesoramiento que combine rigor jurídico y empatía humana. Estamos aquí para que puedas enfocarte en tu duelo mientras nosotras nos encargamos de los problemas legales.

Rigor jurídico

y empatía humana

Nuestro gran valor diferencial

Abogadas especialistas en herencias en Galicia y Contadoras Partidoras habilitadas

La figura del Contador Partidor exige una cualificación técnica concreta y no todos los despachos pueden ofrecerla. ¿Qué significa esto para ti cuando tu herencia está bloqueada?

Significa que tenemos la autoridad legal y el conocimiento técnico para realizar el inventario, la valoración, la liquidación y la adjudicación de los bienes de la herencia aunque los herederos no se pongan de acuerdo. Actuamos como figura neutral, objetiva y experta que agiliza el proceso y evita, en la inmensa mayoría de los casos, un procedimiento judicial largo, doloroso y costoso.

Actuamos como figura neutral, objetiva y experta que agiliza el proceso y evita, en la inmensa mayoría de los casos, un procedimiento judicial largo, doloroso y costoso.

Lo que hacemos por ti

Las 4 funciones de una Contadora Partidora

01Inventario

Identificamos y catalogamos todos los bienes, derechos y deudas del caudal hereditario.

02Valoración

Asignamos un valor objetivo y justo a cada bien para evitar disputas entre herederos.

03Liquidación

Calculamos y saldamos las cargas, deudas e impuestos que recaen sobre la herencia.

04Adjudicación

Repartimos y adjudicamos los lotes a cada heredero conforme a la ley.

Incluso aunque los herederos no se pongan de acuerdo.
Qué hacemos en herencias y sucesiones

Asesoramiento integral en todos los trámites hereditarios

Cuatro pilares no negociables que marcan cómo trabajamos.

Herencias con y sin testamento (Ab Intestato)

Te guiamos en todo el proceso. Si no hay testamento, gestionamos la Declaración de Herederos ante notario para determinar legalmente quién tiene derecho a heredar.

Redacción de testamentos y planificación sucesoria

Diseñamos tu testamento aprovechando las ventajas del Derecho Civil de Galicia (pactos sucesorios, apartaciones, mejoras) para que tu patrimonio se transmita como tú quieres y con la menor carga fiscal posible.

Liquidación de Impuestos

La legítima es la porción de bienes que la ley reserva a determinados herederos forzosos. Defendemos tus derechos si has sido excluido injustamente y también la posición del testador si la reclamación es infundada.

Liquidación de Impuestos

Sucesiones y Plusvalía Municipal. Aplicamos todas las bonificaciones autonómicas vigentes en Galicia para que no pagues ni un euro de más y evites sanciones de Hacienda.

Aceptación a beneficio de inventario

Si la herencia tiene deudas, tramitamos la aceptación a beneficio de inventario: las deudas del fallecido se pagan únicamente con el patrimonio heredado y tu economía personal queda protegida.

Desbloqueo de herencias paralizadas

Intervención directa en herencias detenidas por la inacción de un heredero, desacuerdos en la valoración de inmuebles o por familiares ilocalizables. Nuestra figura de Contadora Partidora es clave en estos casos.

Nuestro método

¿Cómo gestionamos tu herencia? 5 pasos claros

Un proceso ordenado y transparente, de principio a fin, sin que tengas que perseguir a nadie.

1

Primera consulta y diagnóstico

Escuchamos tu situación, revisamos los documentos que tengas y te explicamos qué tipo de herencia es la tuya, qué plazos te afectan y qué impuestos vas a tener que liquidar. Sin tecnicismos.

2

Recopilación y emisión de certificados

Si te faltan documentos (Defunción, Últimas Voluntades, Seguros, Escrituras), los solicitamos nosotras directamente. Tú no tienes que perseguir a ningún organismo.

3

Inventario y valoración del patrimonio

Listamos todos los bienes y deudas del causante, valoramos los inmuebles y proyectamos el coste fiscal real de la herencia antes de tomar decisiones.

4

Cuaderno particional y adjudicación

Repartimos los bienes entre los herederos según testamento o por ley. Si hay desacuerdo, actuamos como Contadoras Partidoras para desbloquear el reparto sin necesidad de pleito.

5

Liquidación fiscal y registral

Presentamos el Impuesto de Sucesiones, la Plusvalía Municipal y la inscripción registral de los inmuebles heredados. Cierre completo.

Nuestro gran valor diferencial

¿Qué documentos necesitas para iniciar una herencia?

No te preocupes si no los tienes todos. Reúne lo que puedas y nosotras nos encargamos de solicitar el resto de certificados por ti.

¿No tienes todos los documentos?

No te preocupes. Una vez nos contrates, los gestionamos nosotras directamente con los registros, notarías y bancos correspondientes.

01

Certificado de Defunción

Se solicita en el Registro Civil.

02

Certificado de Actos de Última Voluntad

Para saber si hay testamento y ante qué notario se otorgó.

03

Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento

Para verificar si existía algún seguro de vida a favor de los herederos.

04

Copia autorizada del testamento

Se solicita en la notaría correspondiente. Si no hay testamento, procedemos a la Declaración de Herederos.

05

Inventario de bienes y deudas

Escrituras, saldos bancarios, vehículos, valores e hipotecas o préstamos pendientes.

Qué hacemos en herencias y sucesiones

Asesoramiento integral en todos los trámites hereditarios

Cuatro pilares no negociables que marcan cómo trabajamos.

Heredero único sin testamento

Tramitamos la Declaración de Herederos y la adjudicación completa.

Hermano que se niega a firmar la herencia

Aplicamos la interpelación notarial (artículo 1005 del Código Civil) y, si no responde, asumimos la partición como Contadoras Partidoras.

Heredero ilocalizable o en el extranjero

Localizamos al heredero o gestionamos el nombramiento de representante para que la herencia avance.

Herencia con bienes en otra comunidad o en el extranjero

Coordinamos la tramitación entre administraciones y aplicamos los convenios internacionales de doble imposición cuando corresponde.

Bienes inmuebles sin escritura o sin registrar

Muy frecuente en Galicia con fincas heredadas de generación en generación. Las regularizamos antes de la partición.

Sospecha de testamento manipulado o exclusión injusta

Estudiamos la viabilidad de impugnación o de reclamación de legítima.

Sucesión con deudas mayores que el patrimonio

Aceptación a beneficio de inventario, repudio de la herencia o estrategias intermedias según conveniencia.

Plazos legales

Plazos legales en una herencia: lo que NO puedes pasar por alto

En las herencias, el tiempo juega en tu contra. Estos son los plazos legales que debes conocer y que controlamos por ti desde el primer minuto:

6 meses

Impuesto de Sucesiones

Desde el fallecimiento. Prorrogables otros 6 meses si se solicita dentro del 5º mes.

6 meses

Plusvalía Municipal

Desde el fallecimiento (prorrogables otros 6).

30 días

Repudio o aceptación a beneficio de inventario

Desde la interpelación notarial del artículo 1005 CC.

15 años

Reclamación de legítima

Desde el fallecimiento (prescripción).

4 años

Impugnación de testamento

Desde su conocimiento (con matices según la causa).

Pasar uno de estos plazos puede suponer sanciones de Hacienda, pérdida de derechos o asumir deudas que no te corresponden. Si tienes dudas sobre alguno, contáctanos hoy mismo.

Ventajas fiscales en Galicia

Ahorra impuestos aprovechando el Derecho Civil de Galicia

Residir en Galicia ofrece enormes ventajas fiscales y legales al planificar una herencia, siempre que cuentes con el asesoramiento adecuado. Con el derecho foral gallego podemos utilizar figuras únicas:

Pactos de Mejora y Apartación Gallega: heredar en vida con menos impuestos

¿Sabías que en Galicia puedes entregar bienes a tus herederos en vida con una tributación mucho más favorable que una donación ordinaria? Mediante la apartación o los pactos de mejora, puedes ceder inmuebles, dinero o un negocio a tus hijos y ellos se benefician de las reducciones del Impuesto de Sucesiones, evitando además futuros conflictos a tu fallecimiento.

Bonificación del Millón de Euros en el Impuesto de Sucesiones

Muchas familias temen no poder hacer frente a los impuestos tras un fallecimiento. Sin embargo, en Galicia los herederos del Grupo I y II (hijos, padres, cónyuges, abuelos) cuentan con una reducción de 1.000.000 € por heredero. Esto significa que en la mayoría de las herencias directas el impuesto a pagar es cero o residual. Pero la bonificación no se aplica de oficio: hay que calcularla y solicitarla correctamente.

Comparativa rápida: Pactos de Mejora vs. Apartación vs. Donación ordinaria

Pacto de Mejora
Apartación Gallega
Donación ordinaria
Cuándo se transmite
En vida
En vida
En vida
Tributación
ISD con reducciones gallegas
ISD con reducciones gallegas
ISD por donación (sin reducciones gallegas)
Efecto en la herencia futura
El bien se considera adelantado
El heredero queda apartado: no hereda más
Cómputo a efectos de legítima
Quién puede recibirlo
Descendientes (hijos, nietos)
Cualquier legitimario
Cualquier persona
Indicado si…
Quieres adelantar parte de la herencia con ventaja fiscal
Quieres saldar la herencia futura de un heredero
Quieres ceder a alguien fuera del círculo familiar

Cada caso es único: la figura más conveniente depende de tu patrimonio, edad, herederos y objetivos. Hacemos el estudio fiscal personalizado antes de firmar nada.

Garantías de un despacho especializado en derecho sucesorio gallego

No vendemos humo. Estos son los hechos verificables que respaldan nuestro trabajo:

resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para aceptar una herencia y pagar el Impuesto de Sucesiones?

El plazo legal para liquidar el Impuesto de Sucesiones es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 meses si se solicita la prórroga dentro del quinto mes. Actuar dentro de plazo es crucial para evitar recargos, intereses de demora y sanciones de la Hacienda gallega.

No necesariamente. Puedes aceptar la herencia a beneficio de inventario: las deudas del fallecido se pagan únicamente con el patrimonio heredado y tu economía personal queda totalmente protegida frente a los acreedores. También puedes repudiar la herencia si las deudas superan al patrimonio. Estudiamos qué opción te conviene caso por caso.

Sí, pero solo por causas tasadas muy estrictas (maltrato físico o psicológico grave, negación injustificada de alimentos, etc.) y debe estar expresamente recogido en el testamento. La jurisprudencia exige una prueba sólida; sin ella la desheredación se anula. Consúltanos antes de tomar la decisión.

Sí. Existen mecanismos legales para desbloquear estas situaciones sin necesidad de pleito. La interpelación notarial (artículo 1005 del Código Civil) obliga al heredero a aceptar, repudiar o aceptar a beneficio de inventario en 30 días. Si no responde, se considera aceptada. Como Contadoras Partidoras, podemos además realizar la partición aunque haya bloqueo.

Depende del número de herederos, del patrimonio a repartir, de si hay conflicto y de si hay bienes en otra comunidad o país. Tras la primera consulta y la revisión de tu documentación, te entregamos una hoja de encargo con honorarios por escrito antes de iniciar cualquier gestión. Sin sorpresas.

Coordinamos la tramitación con las administraciones correspondientes. Si los bienes están en otra comunidad, se aplica la fiscalidad del lugar de residencia del fallecido. Si hay bienes en el extranjero, aplicamos los convenios internacionales de doble imposición y, si es necesario, trabajamos con corresponsales legales en el país que corresponda.